La confusión entre outsourcing o subcontratación, y servicios transitorios, tiende a ser común. Sin embargo, pese a que ambas son modalidades de externalización en las empresas, las diferencias entre ellas son importantes. Para que no tengas más dudas al respecto y sepas diferenciar una de la otra, hoy te contamos algunas de sus semejanzas y sus principales distinciones.
Por Viviana Cabezas Mayanes.
Son múltiples las razones por las cuales una empresa podría optar por externalizar algunos de sus servicios o personal. La reducción de costos, enfocarse en el núcleo del negocio, la flexibilidad, la gestión de riesgos, acceder a tecnología y conocimientos actualizados, la eficiencia y especialización que prestan proveedores externos, entre otros. Asimismo, los variados beneficios de los servicios transitorios permiten crecer a las empresas, mientras que miles de trabajadores también se ven beneficiados.
Pero hay que saber que existen diversos modos de externalización. Uno es el que guarda relación con la subcontratación o, en inglés, outsourcing, y otro muy distinto es el que está a cargo de las empresas de servicios transitorios. En Chile, ambas modalidades de trabajo están regidas por la Ley N° 20.123, publicada el año 2006. Esta ley regula el régimen de subcontratación, el funcionamiento de las EST y el contrato de trabajo de servicios transitorios.
Como ambas modalidades están contempladas en la misma ley, es posible que haya una tendencia a la confusión, pensando que son lo mismo. Sin embargo, pese a que comparten ciertas similitudes, y aunque algunas empresas especialistas pueden ofrecer ambos servicios simultáneamente, en realidad son dos cosas muy diferentes.
Subcontratación u outsourcing
La subcontratación (outsourcing) implica contratar a una empresa externa para realizar una función o actividad específica que normalmente se llevaría a cabo de manera interna en una organización. Algunas de sus características son:
Servicios transitorios
Los servicios transitorios, también conocidos en otros países como servicios temporales, a su vez, implican la contratación de trabajadores temporales- es decir, por un plazo establecido- mediante una empresa especializada en servicios transitorios (EST). Algunas de sus principales características son:
Entonces, mientras que la subcontratación se enfoca en externalizar funciones o actividades a largo plazo, la contratación de servicios transitorios implica la contratación temporal de personal para cubrir necesidades a corto plazo, principalmente. Sobre esto, el gerente general de la EST Activos Chile, Gabriel Salinas, menciona:
“Cuando tú hablas de subcontratación, hablas de un proceso, pero cuando uno habla de servicios transitorios, habla de personas que se ponen a disposición para trabajar en las empresas. No son actividades, son personas”.
Además, existen otras diferencias, como:
Para externalizar mediante subcontratación no existe un plazo máximo que ponga fin al contrato. O sea, puede llegar a ser indefinido. En cambio, los servicios transitorios definen previamente los límites temporales del servicio.
Si se quiere contratar a una empresa externa para que preste servicios con modalidad outsourcing, no habrá ningún tipo de prohibición. Empero, en el caso de los servicios transitorios, al tratarse de contratación de personal, existen ciertas condiciones que imposibilitan en algunos casos su obtención. Estas son:
En síntesis, la subcontratación es una delegación en otra empresa de parte de la producción. Esto puede englobar actividades, recursos, procesos, etcétera. En tanto, la contratación de servicios transitorios es una delegación de parte de la administración de la relación laboral en otra empresa legalmente habilitada para hacerlo- una EST-.
Respecto de las semejanzas, ambas modalidades implican una contratación externa, ponen el enfoque en la especialización de áreas, permiten la optimización de recursos, ofrecen cierta flexibilidad laboral para la empresa y conllevan acuerdos basados en resultados y objetivos específicos. Entonces, dependiendo de las necesidades de la empresa, su decisión podrá inclinarse hacia la obtención de un servicio totalmente externalizado, o a la incorporación de personal por un tiempo determinado.
Fuentes:
https://www.dt.gob.cl/portal/1626/articles-93827_recurso_1.pdf